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Personas Extranjeras

Posted by Admin Posted on May 05 2021

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Reglas relevantes a los capítulos 3 y 4.

Un beneficiario está sujeto a retención solo si es una persona extranjera. Una persona extranjera incluye un individuo extranjero no residente, una corporación extranjera, una sociedad extranjera, un fideicomiso extranjero, un patrimonio extranjero y cualquier otra persona que no sea una persona de los EE. UU. También incluye una sucursal extranjera de una institución financiera estadounidense si la sucursal extranjera es un intermediario calificado. En la mayoría de los casos, la sucursal estadounidense de una corporación o sociedad extranjera se trata como una persona extranjera.

Si una cantidad es tanto un pago retenible como una cantidad sujeta a la retención del capítulo 3 y el agente de retención retiene según el capítulo 4, puede acreditar esta cantidad contra cualquier impuesto adeudado según el capítulo 3.

Extranjero no residente

Un extranjero no residente es un individuo que no es ciudadano estadounidense o extranjero residente. Un residente de un país extranjero bajo el artículo de residencia de un tratado de impuesto sobre la renta es un individuo extranjero no residente a los efectos de la retención.

Casado con ciudadano estadounidense o extranjero residente. Las personas extranjeras no residentes casadas con ciudadanos o residentes de los EE. UU. Pueden optar por ser tratados como extranjeros residentes para ciertos fines del impuesto sobre la renta. Sin embargo, estas personas todavía están sujetas a las reglas de retención del capítulo 3 que se aplican a los extranjeros no residentes para todos los ingresos excepto los salarios. Los salarios pagados a estas personas están sujetos a retenciones graduales. Consulte la Publicación 15 Circular E, Guía de impuestos del empleador.

Persona de EE. UU.

El término "persona de los Estados Unidos" significa: Un ciudadano o residente de los Estados Unidos,

Una sociedad creada u organizada en los Estados Unidos o bajo la ley de los Estados Unidos o de cualquier estado, o el Distrito de Columbia,

Una corporación creada u organizada en los Estados Unidos o bajo la ley de los Estados Unidos o de cualquier estado, o el Distrito de Columbia,

Cualquier patrimonio o fideicomiso que no sea un patrimonio extranjero o un fideicomiso extranjero. (Consulte la sección 7701 (a) (31) del Código de Rentas Internas para obtener la definición de un patrimonio extranjero y un fideicomiso extranjero.), O

Cualquier otra persona que no sea extranjera.

ciudadano estadounidense

El término "ciudadano de los Estados Unidos" significa: Un individuo nacido en los Estados Unidos,

Un individuo cuyo padre es ciudadano de los EE. UU.,

Un ex extranjero que se ha naturalizado como ciudadano de los EE. UU.,

Un individuo nacido en Puerto Rico,

Un individuo nacido en Guam, o

Un individuo nacido en las Islas Vírgenes de EE. UU.

Residente extraterrestre

Un extranjero residente es un individuo que no es ciudadano o nacional de los Estados Unidos y que cumple con la prueba de la tarjeta verde o la prueba de presencia sustancial para el año calendario.

En la mayoría de los casos, los días que el extranjero está en los Estados Unidos como maestro, estudiante o aprendiz con una visa "F", "J", "M" o "Q" no se cuentan. Esta excepción es por un período de tiempo limitado. Para obtener más información sobre el estado de residente y no residente, las pruebas de residencia y las excepciones, consulte la Publicación 519, Guía de impuestos de EE. UU. Para extranjeros.

Nota: Si su empleado se demora en notificarle que su estado cambió de extranjero no residente a extranjero residente, es posible que tenga que hacer un ajuste al Formulario 941 si ese empleado estaba exento de la retención de impuestos de seguro social y Medicare como extranjero no residente. . Para obtener más información sobre cómo realizar ajustes, consulte el Capítulo 13 de la Publicación 15 (Circular E), Guía de impuestos del empleador.

Residente de una posesión estadounidense. Un residente de buena fe de Puerto Rico, las Islas Vírgenes de EE. UU., Guam, el Estado Libre Asociado de las Islas Marianas del Norte (CNMI) o Samoa Estadounidense que no sea ciudadano de EE. UU. O ciudadano de EE. UU. Es tratado como un extranjero no residente según las reglas de retención que se explican aquí…

Un residente de buena fe de una posesión es alguien que: Cumple con la prueba de presencia,

No tiene un domicilio fiscal fuera de la posesión, y

No tiene una conexión más cercana con los Estados Unidos o con un país extranjero que con la posesión.

La Sección 937 del Código de Rentas Internas establece el requisito de presentación del Formulario 8898, Declaración para personas que comienzan o terminan la residencia de buena fe en una posesión de los EE. UU. Este formulario informa cada cambio de residencia hacia o desde una posesión de los EE. UU. El IRS está autorizado a imponer una multa de $ 1,000 a cualquier contribuyente que esté obligado a presentar este formulario, pero que no lo haga.

Para obtener una explicación detallada de las reglas de residencia en posesión de los EE. UU. Y las reglas de obtención de ingresos, consulte la Publicación 570, Guía de impuestos para personas con ingresos de posesiones estadounidenses.

Corporaciones extranjeras

Una corporación extranjera es aquella que no se ajusta a la definición de corporación nacional. Una corporación nacional es aquella que fue creada u organizada en los Estados Unidos o bajo las leyes de los Estados Unidos, cualquiera de sus estados o el Distrito de Columbia.

Corporaciones de Guam o de las Islas Marianas del Norte. Una corporación creada u organizada en, o bajo las leyes de, Guam no se considera una corporación extranjera a los efectos de la retención de impuestos para el año fiscal si:

En todo momento durante el año fiscal, menos del 25% del valor de las acciones de la corporación es propiedad, directa o indirecta, de personas extranjeras, y

Al menos el 20% de los ingresos brutos de la corporación se obtiene de fuentes dentro de Guam o la CNMI para el período de 3 años que finaliza con el cierre del año fiscal anterior de la corporación (o el período de existencia de la corporación, si es menos) .

Nota: Las disposiciones que se discuten a continuación bajo las Islas Vírgenes de los EE. UU. Y las Corporaciones de Samoa Americana se aplicarán a las corporaciones de Guam o CNMI cuando haya un acuerdo de implementación en vigor entre los Estados Unidos y esa posesión.

Corporaciones de las Islas Vírgenes de EE. UU. Y Samoa Americana. Una corporación creada u organizada en, o bajo las leyes de, las Islas Vírgenes de los EE. UU. O Samoa Americana no se considera una corporación extranjera a los efectos de la retención de impuestos para el año fiscal si:

En todo momento durante el año fiscal, menos del 25% del valor de las acciones de la corporación es propiedad, directa o indirecta, de personas extranjeras.

Al menos el 65% de los ingresos brutos de la corporación está efectivamente relacionado con la realización de un comercio o negocio en las Islas Vírgenes de los EE. UU., Samoa Americana, Guam, la CNMI o los Estados Unidos durante el período de 3 años que finaliza con el cierre de la año fiscal de la corporación (o el período de existencia de la corporación o cualquier predecesor, si es menor), y

Ninguna parte sustancial de los ingresos de la corporación se utiliza, directa o indirectamente, para satisfacer obligaciones con una persona que no es un residente de buena fe de las Islas Vírgenes de los Estados Unidos, Samoa Americana, Guam, la CNMI o los Estados Unidos.

Fundación privada extranjera

Una fundación privada que fue creada u organizada bajo las leyes de un país extranjero es una fundación privada extranjera. Los ingresos brutos de inversiones de fuentes dentro de los Estados Unidos pagados a una fundación privada extranjera calificada están sujetos a una retención de una tasa del 4% (a menos que estén exentos por un tratado) en lugar de la tasa legal ordinaria del 30%.

Otras organizaciones, asociaciones e instituciones benéficas extranjeras

Una organización puede estar exenta del impuesto sobre la renta en virtud de la sección 501 (a) del Código de Rentas Internas y el capítulo 4 de retención de impuestos incluso si se formó de conformidad con la ley extranjera. En la mayoría de los casos, no tiene que retener impuestos sobre los pagos de ingresos a estas organizaciones extranjeras exentas de impuestos a menos que el IRS haya determinado que son fundaciones privadas extranjeras. Como regla general, dichas organizaciones extranjeras exentas de impuestos deben presentar el formulario W-8EXP al agente de retención para establecer su condición de organización extranjera exenta de impuestos.

Sin embargo, los pagos a estas organizaciones deben declararse en el Formulario 1042-S si el pago está sujeto a la retención del capítulo 3, aunque no se retengan impuestos.

Debe retener impuestos sobre los ingresos comerciales no relacionados (como se describe en la Publicación 598, Impuesto sobre los ingresos comerciales no relacionados de organizaciones exentas) de organizaciones extranjeras exentas de impuestos de la misma manera que retendría impuestos sobre ingresos similares de organizaciones no exentas cuando la organización lo hace. no proporcionarle un Formulario W-8ECI para certificar que los ingresos están efectivamente relacionados con una actividad comercial o comercial de la organización en los EE. UU.

Sucursales estadounidenses de personas extranjeras

En la mayoría de los casos, un pago a una sucursal estadounidense de una persona extranjera es un pago realizado a la persona extranjera. Sin embargo, puede tratar los pagos a sucursales estadounidenses de bancos extranjeros y compañías de seguros extranjeras que están sujetas a la supervisión reguladora de EE. UU. Como pagos realizados a una persona estadounidense, si usted y la sucursal de EE. UU. Han acordado hacerlo y si se demuestra su acuerdo. mediante un certificado de retención, formulario W-8IMY, certificado de intermediario extranjero, entidad extranjera de flujo directo o ciertas sucursales de EE. UU. para la retención de impuestos en los Estados Unidos. Para este propósito, una institución financiera del territorio que actúa como intermediario o que es una entidad de flujo directo se trata como una sucursal de EE. UU.

Si tiene alguna pregunta sobre la contabilidad comercial esencial, los impuestos nacionales, los impuestos internacionales, la representación del IRS, las implicaciones fiscales de los Estados Unidos de las transacciones de bienes inmuebles o los estados financieros, llámenos al 305-274-5811.

Fuente: IRS         

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