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Créditos tributarios para empleadores

Posted by Admin Posted on May 27 2021

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Crédito de licencia pagada para vacunas — La Ley del Plan de Rescate Estadounidense de 2021 (ARP) permite a los empleadores pequeños y medianos, y a ciertos empleadores gubernamentales, reclamar créditos tributarios que les reembolsan el costo de proporcionar licencia por enfermedad y familiar pagada a sus empleados debido a COVID-19, incluida la licencia tomada por empleados para recibir o recuperarse de las vacunas de COVID-19. Los créditos tributarios de ARP están disponibles para empleadores elegibles que pagan licencia por enfermedad y familiar desde el 1ro de abril de 2021 hasta el 30 de septiembre de 2021. Para obtener mas información consulte nuestra hoja de datos.

Crédito de retención de empleados — Nueva ley extiende el crédito tributario por coronavirus a los empleadores que mantienen a los trabajadores en nómina (en inglés): la nueva ley extiende el crédito tributario por coronavirus a los empleadores que mantienen a los trabajadores en nómina. La Ley de Certeza del Contribuyente y de Alivio Tributario por Desastres de 2020, promulgada el 27 de diciembre de 2020, modificó y extendió el Crédito de retención de empleados (y la disponibilidad de ciertos pagos por adelantado de los créditos tributarios) bajo la sección 2301 de la Ley CARES.

Créditos por licencia familiar y por enfermedad —  Créditos tributarios relacionados con COVID-19 para licencias pagadas proporcionadas por pequeñas y medianas empresas (en inglés): Créditos tributarios relacionados con COVID-19 para licencias pagas proporcionadas por pequeñas y medianas empresas. La Ley de Alivio Tributario relacionada con COVID de 2020, promulgada el 27 de diciembre de 2020, enmendó y extendió los créditos tributarios por licencia familiar y por enfermedad pagada en virtud de las secciones 7001-7005 de la Ley de Familias Primero en Respuesta al Coronavirus.

Muchas empresas que se han visto gravemente afectadas por el coronavirus (COVID-19) calificarán para dos nuevos créditos tributarios del empleador: el Crédito por licencia familiar y por enfermedad y el Crédito por retención de empleados.

Crédito por licencia familiar y por enfermedad

Un empleado que no puede trabajar (incluido el teletrabajo) debido a la cuarentena o la cuarentena del coronavirus o tiene síntomas de coronavirus y está buscando un diagnóstico médico, tiene derecho a una licencia por enfermedad remunerada de hasta diez días (hasta 80 horas) a la tarifa de pago regular del empleado, o, si es más alto, el salario mínimo federal o cualquier salario mínimo estatal o local aplicable, hasta $511 por día, pero no más de $5,110 en total.

Cuidando a alguien con coronavirus

Un empleado que no puede trabajar debido al cuidado de alguien con coronavirus o al cuidado de un niño porque la escuela o el lugar de cuidado del niño está cerrado, o el proveedor de cuidado infantil no está disponible debido al coronavirus, tiene derecho a licencia por enfermedad remunerada por hasta dos semanas (hasta 80 horas) a dos tercios de la tarifa de pago regular del empleado o, si es mayor, el salario mínimo federal o cualquier salario mínimo estatal o local aplicable, hasta $200 por día, pero no más de $2,000 en total.

Cuidado de niños debido al cierre de la guardería o la escuela

Un empleado que no puede trabajar debido a la necesidad de cuidar a un niño cuya escuela o lugar de cuidado está cerrado o cuyo proveedor de cuidado de niños no está disponible debido al coronavirus, también tiene derecho a una licencia familiar y médica pagada equivalente a dos tercios del pago regular del empleado, hasta $200 por día y $10,000 en total. Se pueden contar hasta diez semanas de licencia calificada para el crédito de licencia familiar.

Crédito para empleadores elegibles

Los empleadores elegibles tienen derecho a recibir un crédito por el monto total de la licencia por enfermedad y la licencia familiar requeridas, más los gastos relacionados con el plan de salud y la parte del empleador del impuesto de Medicare sobre la licencia, durante el período del 1 de abril de 2020 al 31 de diciembre, 2020. El crédito reembolsable se aplica contra ciertos impuestos laborales sobre los salarios pagados a todos los empleados. Los empleadores elegibles pueden reducir los depósitos de impuestos federales sobre el empleo en previsión del crédito. También pueden solicitar un anticipo de los créditos pagados por enfermedad y licencia familiar por cualquier monto no cubierto por la reducción de depósitos. Los pagos adelantados se emitirán mediante cheque en papel a los empleadores.

Crédito de retención de empleados

Los empleadores elegibles pueden reclamar el crédito de retención de empleados, un crédito tributario reembolsable equivalente al 50 por ciento de hasta $10,000 en salarios calificados (incluidos los gastos del plan de salud), pagado después del 12 de marzo de 2020 y antes del 1 de enero de 2021. Los empleadores elegibles son aquellas empresas con operaciones que se han suspendido parcial o totalmente debido a órdenes gubernamentales debido a COVID-19, o negocios que tienen una disminución significativa en los ingresos brutos en comparación con 2019.

El crédito reembolsable tiene un tope de $5,000 por empleado y se aplica contra ciertos impuestos laborales sobre los salarios pagados a todos los empleados. Los empleadores elegibles pueden reducir los depósitos de impuestos federales sobre el empleo en anticipación del crédito. También pueden solicitar un anticipo del crédito de retención de empleados por cualquier monto no cubierto por la reducción de depósitos. Los pagos adelantados se emitirán mediante cheque en papel a los empleadores.

Si tiene alguna pregunta sobre la contabilidad comercial esencial, los impuestos nacionales, los impuestos internacionales, la representación del IRS, las implicaciones fiscales de los Estados Unidos de las transacciones de bienes inmuebles o los estados financieros, llámenos al 305-274-5811.

Fuente: IRS         

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